CÓDIGO DE ÉTICA DE CORPORACIÓN GESTIÓN SOSTENIBLE
CAPÍTULO I
FILOSOFÍA Y CULTURA ORGANIZACIONAL
Artículo 1. Misión. – Ayudar a las empresas, organizaciones y emprendimientos en América Latina y el Caribe en la gestión de su sostenibilidad, aportando servicios y soluciones efectivas que generen valor y beneficio económico, social y medioambiental, a través de la innovación y el conocimiento, tomando como base el compromiso con los grupos de interés.
Artículo 2. Visión. – Ser una organización que aporta valores éticos y soluciones prácticas para la integración de la sostenibilidad en los modelos de gestión de las empresas, organizaciones y emprendimientos en América Latina y el Caribe.
Artículo 3. Estructura y Propósito. – La Corporación Gestión Sostenible está conformada por un colectivo de voluntarios, emprendedores, profesionales, empresas y organizaciones que tienen el propósito de promover el desarrollo económico y sostenible en América Latina y el Caribe.
Artículo 4. Valores. – Los miembros de la Corporación Gestión Sostenible, se regirán bajo los valores de:
- Compromiso
- Responsabilidad
- Inclusión Social
- Innovación
- Transparencia
CAPÍTULO II
PRINCIPIO Y NORMAS GENERALES
Artículo 5. Normas Éticas. – Son normas éticas las siguientes:
- Los miembros de la Corporación Gestión Sostenible deben mantener una conducta que fortalezca el prestigio de su actividad profesional, y que evidencie su voluntad de servicio a organización y sobre todo a la colectividad;
- Los miembros de la Corporación Gestión Sostenible no deberán involucrarse en situaciones, actividades, intereses incompatibles con sus funciones. Debe abstenerse de toda conducta que pueda afectar su independencia de criterio para el desempeño de las funciones;
- Los miembros que participen en actividades de carácter político deben tener especial cuidado en no involucrar a la organización, estableciendo claramente que se actúa a título personal y no en representación de la Corporación Gestión Sostenible;
- Ningún miembro de la Corporación Gestión Sostenible será discriminado por razones de sexo, estado civil, edad, religión, raza, discapacidad, preferencia política o clase social, orientación sexual y otros criterios similares;
- Se prohíbe y debe ser denunciado el acoso en cualquiera de sus formas.
Artículo 6. Valores Personales. – El desempeño de los miembros de la Corporación Gestión Sostenible se fundamentará en los siguientes valores personales:
- Integridad
- Honestidad
- Compromiso
- Responsabilidad
- Constancia
Artículo 7. Relación Interna. – La relación que deben mantener los miembros de la organización debe desarrollarse en apego de los siguientes valores:
- Respeto
- Tolerancia
- Participación
Artículo 8. Relación Externa. – La relación que deben tener los miembros que forman parte de la organización con los clientes debe basarse en los siguientes parámetros:
- Velocidad del servicio
- Calidad
- No discriminación
- Cumplimiento de la ley
Artículo 9. Relación con la Comunidad. – La relación de la organización con la comunidad deberá estar orientada a:
- Fomentar la participación de la comunidad.
- Incentivar a la sociedad a que presenten sus propuestas o acciones para un mejor desarrollo comunitario.
- Establecer parámetros para impulsar la comunicación efectiva con la comunidad y conocer los servicios que la organización brinda.
Artículo 10. Relación con Proveedores. – Todo proceso en el que se ejecuten obras, adquisición de bienes y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, capacitaciones y mentorías se cumplirá los procesos técnicos, administrativos y legales con transparencia, que aseguren la participación equitativa de los proveedores y una selección imparcial de los mismos, basada en criterios de calidad, rentabilidad y servicio.
Artículo 11. Manejo de Información. – Está prohibido distorsionar la información, así como utilizar la información de la organización en beneficio personal o de terceros; además se deberá guardar reserva de hechos o aspectos de los que tenga conocimiento en el ejercicio de sus funciones.
Se sancionará al que hiciera mal uso de la información, sin perjuicio de las acciones legales establecidas por la ley.
Artículo 12. De la obligación de informar. – Todo miembro que tuviere información comprobada o indicios sobre un comportamiento de otro miembro contrario a la ética o ilegal, debe informar por escrito a su superior inmediato, a la Oficina de Ética o las instancias administrativas o judiciales, según corresponda. De no hacerlo, se sancionará según lo establecido en la Normativa Legal Vigente.
CAPÍTULO III
OFICINA DE ÉTICA
Artículo 13. La Oficina de Ética. – Esta será la unidad responsable de vigilar y garantizar la aplicación y el cumplimiento de las normas establecidas en el Código de Ética de la Corporación Gestión Sostenible.
Artículo 14. De las Atribuciones. – Son atribuciones de la Oficina de Ética:
- Recomendar a la Máxima Autoridad el establecimiento de políticas y acciones administrativas que aseguren el cumplimiento del presente Código de Ética;
- Presentar a la Máxima Autoridad propuestas de actualización del Código de Ética;
- Orientar a los servidores en temas relacionados con el presente Código de Ética.
Artículo 16. De los Procedimientos. – La Oficina de Ética establecerá los procedimientos internos para:
- Implementar y difundir el Código de Ética dentro de la organización
- Reconocer e incentivar comportamientos éticos positivos; en coordinación con la Dirección Administrativa y la Dirección de Operaciones de la organización.
- Conocer y derivar a la instancia interna competente casos de incumplimiento del Código de Ética.; y
- Llevar a cabo los demás procedimientos que consideren necesarios para la correcta aplicación del Código de Ética.
CAPÍTULO IV
APLICACIÓN
Artículo 17. Ámbito de aplicación. – La aplicación del Código de Ética, es de carácter obligatorio para los ejecutivos, directivos, voluntarios, pasantes, servidores, colaboradores, proveedores y miembros de la comunidad que en cualquier forma colaboren, presten servicios o ejerzan cargo, función o dignidad dentro o fuera de la Corporación Gestión Sostenible.
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